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a historia medieval de Mula guarda un silencio llamativo sobre una de sus comunidades más antiguas y arraigadas: la judía. Durante siglos, los dos grandes libros de historia local de la villa —la Historia de la M. N. y L. villa de Mula, de Nicolás Acero y Abad (1886), y la Historia de Mula, del sacerdote Antonio Sánchez Maurandi (1955-1957)— apenas contenían referencias a los hebreos que vivieron y trabajaron entre sus murallas. Fue el investigador Juan González Castaño, durante sus pesquisas en el Archivo de la Real Chancillería de Granada en los veranos de 1977 y 1978, quien sacó a la luz los documentos que acreditan la existencia de una judería relevante, bien organizada y estadísticamente significativa en la villa de Mula a lo largo del siglo XV.


El presente artículo reconstruye esa historia basándose en los padrones originales descubiertos por González Castaño y en el estudio académico que él mismo firmó junto al medievalista Denis Menjot, publicado en 1986 en la Revue des Études Juives bajo el título «Les Juifs de Mula au XVe siècle (notes socio-démographiques)».


PRESENCIA DOCUMENTADA DESDE EL SIGLO XIII

La primera mención de judíos en Mula no procede del siglo XV, sino de finales del XIII. En el año 1296, Jaime II de Aragón —que en aquel momento ejercía la soberanía sobre la villa— confirmó a los vecinos de Mula, «christianos, moros e judíos», los privilegios otorgados por sus predecesores castellanos Fernando III y Alfonso X el Sabio. En otras dos cartas del mismo monarca aragonés se ordena al comendador santiaguista de Caravaca que restituyera ciertos bienes retenidos por la Orden a los hermanos Yuseff y Abolazar, judíos vecinos de Mula, y se requería al alguacil y alcaide de la villa que apremiaran a determinados vecinos para que pagaran las deudas contraídas con esos mismos judíos. Son documentos que demuestran, de un lado, la plena inserción de los judíos muleños en la vida económica local y, de otro, que disponían de vías de recurso ante la justicia, algo que no siempre ocurría en otros territorios de la Península.


MULA, UNA DE LAS CUATRO ALJAMAS DEL REINO DE MURCIA

En los documentos fiscales del siglo XV correspondientes a la Corona de Castilla, solo cuatro aljamas aparecen mencionadas en el conjunto del Reino de Murcia: las de Murcia capital, Lorca, Cartagena y Mula. Esta última destacaba por una singularidad notable: fue, junto con Murcia, la única comunidad judía del reino que mantuvo de forma continuada su aljama hasta el decreto de expulsión de 1492. El resto de las juderías murcianas desaparecieron, al menos durante los años convulsos de finales del siglo XIV y principios del XV, aunque algunas, como la de Lorca, acabarían recomponiéndose.
Las aljamas de Castilla eran instituciones paralelas al municipio cristiano. No formaban parte del concejo, sino que se relacionaban directamente con la Corona a través de sus propias autoridades. Estaban sujetas al pago del impuesto de cabeza de pecho, del servicio y medio servicio, así como de contribuciones extraordinarias que el monarca podía exigir en cualquier momento. Su autonomía jurisdiccional era real: tenían sus propios alcaldes, jueces y representantes. De hecho, en 1439 el concejo de Murcia zanjó un conflicto de competencias declarando que el alcalde de los judíos tenía jurisdicción sobre todos los casos en que participaran judíos y cristianos, fuera quien fuera la parte demandante.

Primera página del registro de archivos más antiguo (1407)



EL PADRÓN DE 1407: LOS JUDÍOS SON EL 10 POR CIENTO DE LA VILLA

El documento más revelador sobre la comunidad judía muleña en el siglo XV es el padrón conservado en el legajo 303/442/7 del Archivo de la Real Chancillería de Granada, fechado en la primavera-verano de 1407. En él se registraban, separadas, la población cristiana y la judía de la entonces villa de Mula, anotando los nombres de todos los cabezas de familia. Los judíos sumaban 31 familias, lo que equivale a unas 160 personas. Vivían en un barrio propio, separado del resto de la población, cerrado por una muralla con una o dos puertas que se abrían al amanecer y se cerraban al anochecer: la judería.
La importancia de esta cifra queda clara cuando se pone en contexto: el porcentaje de judíos en Mula en 1407 representaba en torno al 10 por ciento de la población total de la villa, una proporción similar a la que presentaba Murcia capital en las mismas fechas y muy superior a la media de muchas poblaciones castellanas. No era, por tanto, una comunidad marginal ni residual, sino un actor económico y social de primera línea dentro de la vida de la villa.
La judería se encontraba en la zona este del recinto urbano, en el barrio conocido hoy popularmente como El Puntarrón, en la curva al pie del cerro donde se alza el castillo. González Castaño sostiene que excavaciones arqueológicas en ese sector podrían sacar a la luz el emplazamiento de una sinagoga cuya existencia cabe deducir de la propia entidad de la comunidad.

 


VICENTE FERRER EN MULA: MARZO DE 1411 Y EL FIN DEL GHETTO

El año 1411 marca el punto de inflexión más drástico en la historia de la comunidad judía muleña. En el mes de marzo de ese año, el fraile dominico valenciano Fray Vicente Ferrer —futuro santo canonizado en 1455— visitó Mula y predicó en su judería. Ferrer era por entonces el predicador más célebre y temido de la Península, conocido por sus campañas de conversión masiva entre las comunidades judías de Castilla y Aragón. A partir de 1411, sus campañas dieron lugar en toda Castilla a conversiones forzadas y a duras medidas de segregación de las comunidades que se resistían al bautismo.
Las consecuencias de su paso por Mula fueron inmediatas y definitivas para la fisonomía del barrio judío. El padrón de 6 de diciembre de 1438 —conservado en el legajo 302/213/1 del mismo Archivo de la Real Chancillería de Granada, aunque solo subsiste el cuaderno correspondiente a la colación de San Miguel, la zona este de la villa— ya no recoge una judería como barrio separado. En cambio, aparecen judíos dispersos por los dos grandes barrios en que estaba dividida la villa: la colación de San Miguel y la de Santo Domingo. Los padrones de 1438 y de 6 de abril de 1446 los consignan simplemente como vecinos más, mezclados con los cristianos, sin mención a ningún barrio aparte.
¿Qué había sucedido entre 1407 y 1438? La interpretación de González Castaño es convincente: la visita de Vicente Ferrer en marzo de 1411 provocó un número elevado de conversiones entre los judíos de Mula, lo suficientemente importante como para que el ghetto quedara despoblado y su razón de ser desapareciera. Los judíos que no se convirtieron —los que González Castaño llama «israelitas recalcitrantes»— se redistribuyeron por los dos barrios principales de la villa, donde vivían ya integrados con el vecindario cristiano cuando se realizó el padrón de 1438. No hay constancia de violencia ni de asalto a la judería en Mula, a diferencia de lo ocurrido en 1391 en ciudades como Sevilla, Córdoba, Valencia o Barcelona, donde los pogromos arrasaron las juderías y dejaron miles de muertos. En Mula, el proceso fue más silencioso: la conversión y la dispersión, no el exterminio.
Este fenómeno no era exclusivo de Mula. En toda Castilla, como ha señalado el historiador Miguel Ángel Ladero Quesada, las comunidades judías sufrieron en esos años un proceso de conversiones que debilitó demográficamente la mayoría de las aljamas. Hacia 1415, más de la mitad de los judíos de Castilla y Aragón habían renunciado a la ley de Moisés y se habían bautizado, entre ellos muchos rabinos y personajes prominentes. Sin embargo, Castilla —a diferencia de la Corona de Aragón, donde aljamas importantes como las de Barcelona, Valencia o Palma prácticamente desaparecieron— fue capaz de mantener un número considerable de comunidades. Entre 1418 y 1480 se produjo, según Ladero Quesada, una «reconstrucción» relativa de las comunidades judías castellanas, en un período de coexistencia moderada si se compara con la convulsión anterior.

 

Segunda y tercera páginas del registro de archivos más antiguo (1407)                                                              Transcripción del registro de 1407 realizada el 18 de octubre de 1625

 

 



LOS PADRONES DE 1438 Y 1446: INTEGRACIÓN Y PERMANENCIA


Los padrones de 1438 y 1446, conservados en la Real Chancillería de Granada y también en los fondos originales descubiertos por González Castaño en 1994 en una colección particular de Mula, ofrecen una imagen inédita: la de una comunidad judía que, habiendo perdido su barrio propio, continuaba viviendo en la villa sin que los vecindarios cristiano y judío llevaran vidas completamente incomunicadas.
Este modelo de coexistencia —marcado por fricciones, tensiones fiscales y diferencias religiosas, pero también por relaciones económicas cotidianas— fue característico del siglo XV murciano. En la ciudad de Murcia se firmó en 1294 un acuerdo entre el concejo y la aljama que reguló las relaciones entre ambas comunidades durante casi dos siglos, proporcionando a los judíos «una paz secular», en palabras de los investigadores. El antisemitismo que afectó a buena parte de las tierras castellanas durante los siglos XIV y XV nunca alcanzó en el reino murciano la virulencia de otros lugares, lo que en parte explica por qué aljamas como las de Mula y Murcia sobrevivieron.

El registro de 1446


ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los judíos muleños se caracterizaban por una diversificación económica superior a la de muchas otras aljamas castellanas:

Préstamo de dinero: Era su actividad más visible y conflictiva. Prestaban tanto a particulares como al concejo de la villa. En 1481 todavía aparece documentado el judío Mosé Cohen como principal prestamista municipal.
Comercio textil y seda: La región murciana era uno de los principales focos sedero del reino. Los judíos controlaban buena parte del comercio de seda en bruto y tejidos.
Arrendamiento de impuestos: Varias familias judías de Mula fueron arrendadoras de alcabalas y tercias reales, lo que les generaba importantes beneficios pero también gran animadversión.
Profesiones liberales: Destacaron varios médicos judíos (físicos). El más conocido fue Maestro Jacob, médico personal de nobles de la zona a mediados de siglo.


OBLIGACIONES FISCALES: EL PESO DE TRIBUTAR A DOS SEÑORES

La vida de los judíos de Mula, como la del resto de las aljamas castellanas, estaba marcada por una carga fiscal permanente. Además de los impuestos ordinarios —cabeza de pecho, servicio y medio servicio—, las aljamas debían responder a contribuciones extraordinarias impuestas por el monarca o por el concejo local. Durante la guerra de Granada, especialmente intensa entre 1488 y 1489 con la campaña y el largo cerco de Baza, las demandas a las aljamas se hicieron especialmente apremiantes. Los judíos de Murcia, por ejemplo, tuvieron que correr con el pago del sueldo de seis peones enviados a la guerra en 1479, con 4.000 maravedíes en 1486 y con 50.000 maravedíes en 1492 —esta última derrama, posiblemente, nunca llegó a pagarse dado que el decreto de expulsión se firmó ese mismo año.
Las obligaciones fiscales no terminaban ahí. Los judíos también tributaban a la Iglesia y estaban sujetos a las tasas concejiles. Esta presión múltiple generaba frecuentes conflictos entre la aljama, el concejo y el adelantado real. La división interna de las propias comunidades judías —entre los que aceptaban los nombramientos impuestos desde fuera y los que se oponían— mermaba además su capacidad de resistencia colectiva.

Los registros fiscales constituyen una de las fuentes más valiosas para estudiar la comunidad judía de Mula. Los judíos castellanos contribuían a la Hacienda regia mediante tributos específicos que reflejaban su condición de minoría protegida por la Corona.

Entre los tributos ordinarios figuraban la cabeza de pecho, un impuesto de capitación que gravaba a cada judío varón mayor de edad, y el servicio y medio servicio, un tributo votado periódicamente por las Cortes. La contribución de cada aljama se determinaba mediante repartimientos internos que distribuían la carga fiscal entre las familias en función de su capacidad económica.

Los repartimientos del servicio y medio servicio de los judíos del Reino de Murcia, conservados parcialmente en la documentación de la época, permiten comparar la contribución de las distintas comunidades y, por tanto, estimar su tamaño y riqueza relativos. La aljama de Murcia encabezaba invariablemente estos repartimientos, seguida a considerable distancia por las de Lorca y otras localidades. La contribución de Mula, aunque modesta, confirma la existencia de una comunidad estable.

Además de los tributos ordinarios, los judíos de Mula contribuían a las derramas extraordinarias exigidas por la Corona en momentos de necesidad, como las campañas militares contra el reino nazarí de Granada. Estas contribuciones extraordinarias, especialmente frecuentes en las últimas décadas del siglo XV durante la Guerra de Granada (1482-1492), supusieron una pesada carga para unas comunidades ya debilitadas demográfica y económicamente.



FAMILIAS JUDÍAS DOCUMENTADAS


La identificación de familias judías concretas residentes en Mula durante el siglo XV resulta difícil por la escasez de fuentes específicas conservadas. No obstante, la documentación notarial, fiscal e inquisitorial permite rastrear algunos apellidos y linajes.

Entre los apellidos judíos documentados en el ámbito murciano que pudieron tener presencia en Mula se encuentran los Abenaex, Aventuriel, Abenhayón, Cohen y otros característicos de las comunidades sefardíes del sudeste peninsular. Tras las conversiones del siglo XV, muchas de estas familias adoptaron apellidos cristianos, dificultando su rastreo en la documentación posterior.La documentación inquisitorial posterior a 1488, cuando el Tribunal de la Inquisición comenzó a actuar en el Reino de Murcia, proporciona información retrospectiva sobre familias conversas muleñas que fueron procesadas por supuestas prácticas judaizantes. Estos procesos, aunque deben manejarse con cautela por la naturaleza coactiva de los testimonios, ofrecen datos valiosos sobre las prácticas religiosas, la vida cotidiana y las redes familiares de los antiguos judíos y sus descendientes.


EL PADRÓN DE 1495: LA VILLA SIN JUDÍOS


El 31 de marzo de 1492, los Reyes Católicos firmaron en Granada el Edicto de expulsión de los judíos de sus reinos. El plazo para abandonar los territorios de las Coronas de Castilla y Aragón, o convertirse al catolicismo, vencía a finales de julio de ese año. En torno a cien mil personas se dispersaron por el norte de África, los Países Bajos, Italia y, en especial, el Imperio otomano.
En Mula, el padrón de agosto de 1495, conservado íntegramente —es el llamado Padrón de los Jueces, porque don Alonso del Castillo y don Juan de Barrionuevo fueron comisionados por los Reyes Católicos para establecer la Santa Hermandad en la villa, lo mismo que harían en las cercanas Cehegín y Caravaca— ya no recoge ningún judío. Tres años después del edicto, la comunidad había desaparecido por completo: bien expulsada, bien bautizada. Es el documento que cierra, con su silencio, la historia de los judíos de Mula.


EL HALLAZGO DE LOS PADRONES ORIGINALES (1994)


La historia del redescubrimiento de esta comunidad tiene su propio capítulo. Cuando González Castaño publicó sus primeros hallazgos en 1980 —en su tesis de licenciatura dirigida por el profesor Juan Torres Fontes en la Universidad de Murcia— y luego desarrolló el estudio junto a Menjot en 1986, los documentos que había localizado eran copias conservadas en los legajos de la Real Chancillería de Granada, donde aparecían en el contexto de pleitos de hidalguía del siglo XVI y XVII —litigios en los que los querellantes usaban padrones medievales como prueba.
Sin embargo, el 24 de septiembre de 1994 se produjo un hallazgo inesperado. González Castaño, visitando una casa particular de Mula para devolver unas fotografías históricas prestadas, fue conducido casualmente a la biblioteca de la familia. Allí, junto a otros documentos excepcionales —un privilegio rodado de Alfonso X el Sabio de 1257 y un cuaderno de Cortes de Alfonso XI de 1325—, aparecieron los originales de los padrones de 1407, 1438 y 1446, así como el Padrón de los Jueces de 1495. Los documentos habían permanecido en manos privadas durante siglos, desconocidos para los historiadores locales. Eran la prueba definitiva de todo lo que los archivos de Granada habían insinuado.


CONVERSOS Y LIMPIEZA DE SANGRE: EL LARGO RASTRO

El bautismo de los judíos de Mula —en su mayoría provocado por las presiones de Vicente Ferrer en 1411 y, décadas más tarde, por el decreto de 1492— no cerró el libro de su historia. Los conversos y sus descendientes continuaron viviendo en la villa, pero su origen judío se convirtió en una carga social en los siglos siguientes. Los estatutos de limpieza de sangre, que aparecieron en Toledo en 1449 y se extendieron a múltiples instituciones a lo largo del siglo XVI, prohibían a los conversos el acceso a determinados cargos y honores. Esta es la razón por la que los padrones del siglo XV con judíos aparecieron guardados en los legajos de hidalguía de la Chancillería de Granada: familias muleñas del siglo XVI y XVII los utilizaban como pruebas en sus pleitos de nobleza, tratando de demostrar limpieza de sangre... o, en sentido contrario, buscaban en ellos el rastro de un linaje que convenía ocultar.
El propio director de tesis de González Castaño, cuando este le comentó el hallazgo de los padrones en 1978, los descartó de inmediato como un «montaje de los nobles locales orientado a oscuros intereses relacionados con la limpieza de sangre». El investigador no lo vio así. Tenía razón: los documentos eran auténticos.

 


LA EXPULSIÓN Y SUS CONSECUENCIAS EN MULA

El decreto de expulsión de los Reyes Católicos, firmado el 31 de marzo de 1492, puso fin a la presencia judía legal en los territorios de la Corona de Castilla. Los judíos que no aceptaran el bautismo debían abandonar el reino en un plazo de cuatro meses.En el Reino de Murcia, la expulsión afectó a las comunidades que aún subsistían en Murcia, Lorca y otras localidades. La comunidad judía de Mula, ya muy reducida a estas alturas por las conversiones acumuladas a lo largo del siglo, hubo de enfrentar la misma disyuntiva que el resto de los judíos castellanos: la conversión o el exilio.

La documentación relativa a la expulsión en el ámbito murciano, estudiada por Torres Fontes y otros investigadores, permite conocer algunos aspectos del proceso: las ventas apresuradas de propiedades, las deudas pendientes de cobro, los pleitos por la liquidación de bienes y las rutas de salida hacia los puertos del sudeste —Cartagena fundamentalmente— desde donde los judíos expulsados embarcaron con destino al norte de África o a otros territorios del Mediterráneo.Los judíos muleños que optaron por el exilio se integraron presumiblemente en las comunidades sefardíes del Magreb o del Imperio Otomano, donde mantuvieron durante generaciones la lengua, las tradiciones y la memoria de su tierra de origen. Aquellos que eligieron la conversión pasaron a engrosar la comunidad conversa local, que a partir de entonces vivió bajo la vigilancia permanente de la Inquisición.



LA INQUISICIÓN Y LOS JUDAIZANTES DE MULA

El establecimiento del Tribunal de la Inquisición en el Reino de Murcia a finales de la década de 1480 tuvo consecuencias directas para los conversos de Mula. Los inquisidores, que comenzaron a actuar en Murcia hacia 1488, centraron inicialmente su actividad en la persecución de los conversos sospechosos de mantener prácticas judías en secreto.Los procesos inquisitoriales relativos a judaizantes murcianos, estudiados entre otros por Juan Blázquez Miguel en su obra sobre la Inquisición en el Reino de Murcia, revelan que diversos vecinos de Mula de origen converso fueron procesados, y en algunos casos condenados, por prácticas como la observancia del sábado, el ayuno en fechas señaladas del calendario judío (especialmente el Yom Kipur), el consumo de alimentos conforme a las prescripciones dietéticas judías, la celebración de la Pascua judía (Pésaj) y otras manifestaciones de fidelidad religiosa al judaísmo.

Estos procesos permiten conocer, a través de las declaraciones de los acusados y los testigos, detalles íntimos de la vida religiosa clandestina de los criptojudíos muleños: los rezos hebreos que se transmitían de generación en generación, a menudo ya deformados por la transmisión oral; las ceremonias fúnebres judías celebradas en secreto; las purificaciones rituales; y las redes de solidaridad entre familias conversas que compartían su secreta adhesión al judaísmo.La situación jurídica de los judíos de Mula estaba determinada por el marco legal general de la Corona de Castilla, complementado por las disposiciones específicas del concejo local.


LEGISLACÍON REAL

El Ordenamiento de Alcalá de 1348, las disposiciones de las sucesivas Cortes castellanas y las pragmáticas reales configuraban un marco jurídico que, teóricamente, protegía a los judíos como vasallos directos del rey al tiempo que imponía limitaciones cada vez más severas a su vida social y económica.

Las Leyes de Ayllón de 1412, ya mencionadas, representaron un punto de inflexión al imponer restricciones drásticas que, de haberse aplicado plenamente, habrían hecho prácticamente imposible la vida de las comunidades judías. Aunque su aplicación fue desigual y parcialmente revocada bajo Juan II de Castilla, estas leyes marcaron la tendencia legislativa del siglo.Las Cortes de Madrigal de 1476 y las de Toledo de 1480, bajo los Reyes Católicos, retomaron y reforzaron las disposiciones segregacionistas, ordenando el apartamiento efectivo de los judíos en barrios cerrados y la aplicación estricta de las señales distintivas. Estas disposiciones, cuya aplicación en Mula queda por documentar en detalle, prepararon el terreno para la expulsión definitiva de 1492.

NORMATIVA LOCAL

El concejo de Mula, como los de otras villas murcianas, emitía periódicamente ordenanzas que regulaban diversos aspectos de la vida de los judíos locales: horarios de mercado, zonas de residencia, relaciones laborales con cristianos, disposiciones sanitarias y otras cuestiones de policía urbana. Estas ordenanzas, cuando se han conservado, proporcionan información valiosa sobre la vida cotidiana de la comunidad judía y sobre las actitudes del gobierno municipal hacia ella.

LA VIDA RELIGIOSA Y CULTURAL

La vida religiosa de la comunidad judía de Mula se articulaba en torno a las instituciones y prácticas comunes a las aljamas sefardíes.

LA SINAGOGA

La existencia de un lugar de culto judío en Mula, ya fuera una sinagoga propiamente dicha o un oratorio más modesto, puede inferirse de la propia existencia de la comunidad, aunque su localización exacta no ha sido establecida con certeza. Las comunidades judías, incluso las más pequeñas, procuraban disponer de un espacio para la oración comunitaria, el estudio de la Torá y las reuniones de la comunidad.

Tras la expulsión de 1492, los edificios de las sinagogas fueron confiscados y destinados a otros usos, generalmente como iglesias, ermitas o edificios civiles. La identificación arqueológica y documental de la sinagoga de Mula constituye un desafío pendiente para la investigación local.

PRACTICAS RELIGIOSAS

Los judíos de Mula observaban el calendario litúrgico judío con sus festividades principales: Rosh Hashaná (Año Nuevo), Yom Kipur (Día de la Expiación), Sucot (Fiesta de las Cabañas), Pésaj (Pascua) y Shavuot (Pentecostés), entre otras. La observancia del Shabat (descanso sabático) era la práctica más visible y la que generaba mayores fricciones con la sociedad cristiana envolvente, que trabajaba en sábado y descansaba en domingo.

Las prescripciones dietéticas (kashrut) requerían la existencia de una carnicería judía con un matarife (shojet) cualificado para el sacrificio ritual de animales. La documentación concejil murciana recoge frecuentes referencias a la regulación de estas carnicerías, lo que confirma su existencia en las principales villas del reino.

 

CEMENTERIO JUDÍO

Las comunidades judías disponían de cementerios propios, situados generalmente en las afueras de las poblaciones. El cementerio judío de Mula, cuya localización precisa es incierta, habría albergado los enterramientos de la comunidad según el ritual judío: inhumación en tierra, con el cuerpo envuelto en un sudario, orientado hacia Jerusalén, sin ajuar funerario. La identificación arqueológica de este cementerio constituiría un hallazgo de gran valor para la historia local.


MULA EN EL CONTEXTO MARQUESADO DE LOS FAJARDO

Un aspecto fundamental para comprender la situación de los judíos en Mula durante el siglo XV es el contexto señorial. Mula formó parte del ámbito de influencia de la poderosa familia de los Fajardo, adelantados mayores del Reino de Murcia, que ejercieron un dominio efectivo sobre la villa durante buena parte del siglo.La relación entre los señores y las comunidades judías que residían en sus dominios era típicamente ambivalente: por un lado, los señores protegían a los judíos como fuente de ingresos fiscales y como agentes económicos útiles; por otro, las presiones sociales y eclesiásticas les empujaban a adoptar medidas restrictivas. Los Fajardo, como otros linajes nobiliarios castellanos, mantuvieron una política pragmática hacia los judíos de sus señoríos, protegiéndolos mientras les resultaron útiles y abandonándolos cuando la presión se hizo irresistible.

La construcción del castillo de los Vélez, símbolo del poder de los Fajardo en Mula, se produjo en un período en el que la presencia judía en la villa llegaba a su fin, constituyendo un testimonio material de las transformaciones sociales y políticas que marcaron el tránsito de la Mula medieval a la moderna.


CONCLUSIÓN

Los judíos de Mula no fueron una presencia anecdótica ni fugaz. Constituyeron aproximadamente el 10 por ciento de la población de la villa en 1407, vivieron en un barrio propio situado en la zona este del casco urbano, mantuvieron su aljama de forma ininterrumpida en el difícil tránsito entre el siglo XIV y el XV, resistieron los efectos de los pogromos de 1391 que devastaron otras juderías peninsulares, y se dispersaron silenciosamente por los barrios de la villa tras las predicaciones de Vicente Ferrer en 1411. Pagaron impuestos, prestaron servicios, entablaron pleitos, vendieron y compraron tierras. Fueron, en definitiva, vecinos de Mula durante al menos dos siglos, hasta que el Edicto de Granada de 1492 los obligó a elegir entre el exilio y el bautismo. Y aun así, el rastro de su historia quedó guardado en pergaminos y cuadernos que una familia particular de Mula conservó sin saberlo durante cinco siglos.






FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA

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— Archivo de la Real Chancillería de Granada, legajo 302/213/1: Padrones de la villa de Mula de 6 de diciembre de 1438 (colación de San Miguel), 6 de abril de 1446 y agosto de 1495 (Padrón de los Jueces).
— Colección particular (Mula): originales de los padrones de 1407, 1438, 1446 y del Padrón de los Jueces de 1495, descubiertos por Juan González Castaño el 24 de septiembre de 1994.
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Categoría : Historia Local / Sociedad
Autor: [Angel Garcia]
Fecha: Marzo de 2026
Etiquetas: Mula, historia, sociedad, Murcia, edad media, época judia.